Meses de paro acomulados y generados

Si por ejemplo tienes 8 meses de paro y a l mes de estar disfrutando de este encuentras otro trabajo y te despiden de este antes de que puedas acumular paro, pierdes los 7 meses que te quedaban acomulados o por el contrario seguirías disfrutándolos.
Y en el mismo caso, si en el segundo trabajo generas 4 meses una vez finalizado este puedes escoger entre los 4 meses acomulados en el último trabajo o los 7 que tenias anteriormente

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En dicho caso, tienes derecho a reanudar la prestación por desempleo, pero se descuenta el tiempo transcurrido.
Por ejemplo. Tengo derecho a 8 meses de paro. Al mes de estar cobrando el paro encuentro un trabajo, pero me despiden a los dos meses. En este caso, de los 8 meses que tenía, he consumido uno que he estado cobrando hasta que encontré trabajo; y otros dos durante el periodo que trabajé para la otra empresa. En total, he consumido tres. Entonces puedo solicitar los cinco meses restante.
Para un posterior contrato, habrá que analizar el periodo cotizado, pues si has generado doce meses nuevo, tendrá derecho a una prestación nueva. Si no, no tienes derecho a cobrar paro.

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