Despido

Hola, tengo algunas dudas sobre el despido disciplinario de un trabajador. En primer lugar, quisiera saber sobre cuántos días se calculan las liquidaciones de vacaciones no disfrutadas de un trabajador de la hosterleria, sobre 30 o sobre 48.?
En segundo lugar, cuando una persona ha estado contratada con contrato temporal y después con indefinido, si se le despide, ¿desde qué fecha cuenta la indemnización por despido?, desde la fecha en que empieza a ser indefinido, o desde la fecha de antigüedad, es decir, ¿desde qué empezó el contrato temporal?
Gracias

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1- Lo de 30 o 48 no sé a qué te refieres. Si es por meter los festivos trabajados entonces la cuenta es 49 o 50, ya que los festivos son siempre 14 y las vacaciones son 30 o 31 dependiendo del convenio provincial.
2- Desde el primer contrato temporal.

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