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Si una persona trabaja con un contrato de obra y servicio en una ETT, ¿hay algún período máximo en el que pueda estar contratado por esta ETT?

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En principio lo que marca la ley, si es en construcción la obra podrá durar hasta 3 años, pero en principio, lo que dure la obra que estés resalizando puesto que lo que se hace simplemente es cederte a una empresa usuaria pero que ella tendrá tu contratación por la ley no hay distinción en este ámbito.

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