Cambio empresa

Cambio de emrpesa (03/01/06)
Trabajo en una oficina desde hace tiempo para un autónomo, llevo todo, también algo particular y una papeles de una tienda que tiene.
Este año 2005 ha abierto una sociedad de la actividad que tiene mismo en otra localidad con sus familiares. No me ha preguntado nada, según el supuso que todos los trabajadores íbamos a pasar sin problemas, pero claro aunque a los demás les da igual porque tiene lugares de trabajo móviles, a mi no, porque mi centro de trabajo se aleja, y quiere que lleve lo suyo y lo de la sociedad.(Porque no quiere cerrar aun sus negocios) No hemos llegado a un acuerdo y me he negado a pasar. El me ha dicho que va a meter a alguien para la sociedad, pero que en un tiempo cerrara lo suyo.
1- Me puede obligar dentro de 1 año o 2 a pasar a la otra empresa
2- Si no es así me tendría que indemnizar si cierra.
3- Me quiere meter a la otra persona aquí unos meses, pero yo claro esta no quiero enseñarle porque es lo mismo que hacerlo yo, pero gratis... Como puedo actuar correctamente. Hay muchas cosas pendientes de la sociedad y la mayoría de las gestiones las he tenido que hacer yo, pero por otras no paso. Ej contabilidad de 2005. No se dan prisa y creo que me va a caer también. No sé que hacer .
Ahora van a meter a otro y querrán que lo enseñe pero sino lo voy a hacer porque no he llegado a un acuerdo con ellos menos voy a enseñar a alguien para quedarme en la calle ¿NO? Puedo negarme.
¿Si dentro de dos años o uno decide cerrar donde estoy puede volver a subrogarme a mi a la otra empresa?

1 respuesta

Respuesta
Pilarrin66, tu caso está bastante complicado debido a que te sientes obligada (u obligado, tu discúlpame)a adiestrar a el nuevo personal que eventualmente te va a sustituir. Naturalmente no estás en la obligación de adiestrarlos a como tampoco estás obligada a trasladarte a laborar a un lugar al que te resulte gravoso transportarte. Lo que puedes hacer si ya no estás en condiciones armónicas en esa empresa es renunciar con 15 días de anticipación por escrito ante tu empleador y así podéis recibir tu indemnización total.
En otro aspecto, si te quedas en esa empresa hasta el cierre, te deberían enganchar en la nueva empresa, porque si el mismo empleador va a estar en el nuevo negocio con los mismos medios de producción entonces lo que operará ahí es una sustitución de empleador o de patrono lo cual cuando se da no extingue las relaciones de trabajado existentes en la empresa sustituida.
De todo lo anterior te aconsejo que además obtengas la opinión de un funcionario del Ministerio de Trabajo o Secretaria según sea en tú país, específicamente de la Oficina de Inspección del Trabajo para que te instruya más detalladamente con base en la legislación de tu país.
Espero haberte sido útil, feliz año 2006

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