Descansos en contrato 10 días

Vamos a realizar varias contrataciones para realizar un trabajo de campaña durante 10 días ininterrumpidos a razón de 6 horas diarias. Las vacaciones y el fin de obra sí lo vamos a contemplar. Pero la duda que nos surge es si debemos contemplar en el contrato, en la cotización y en el pago de salario una compensación por días (no disfrutados) de descanso.

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En este caso lo correcto seria añadir una clausula a los contratos indicando una distribución irregular de la jornada. El contrato debería ser de 14 días naturales de los cuales, días efectivos y continuados serán 10, acumulando los descansos de las dos semanas. De esta manera, estarán de alta y cotizaran correctamente, y no se vulnera la obligatoriedad del descanso que establece la ley.

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