Periodo de Prueba y embarazo

Hola.
Me di de baja voluntaria en mi anterior trabajo (llevaba 9 años) en Junio para comenzar en otro (empecé el 11-06-2007).
Me han hecho contrato indefinido con 4 meses de prueba. Me acabo de enterar que estoy embarazada. Si lo comunico a la empresa y no supero el periodo de prueba, ¿tengo derecho al paro? ¿Sería legal que me pudieran echar? ¿Estoy obligada a comunicárselo?

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1- Si no superas el período de prueba tendrías paro. En tu caso el máximo.
2- Tanto durante el periodo de prueba, como si se extingue la relación laboral durante el contrato, como si no se renueva el mismo a la finalización de éste, por causa relacionada con el embarazo, se considera que se ha producido un despido discriminatorio por razón de sexo, y que en consecuencia dicho despido es nulo (es decir que la trabajadora tiene derecho a recuperar su puesto de trabajo y al abono de los salarios de tramitación como si no la hubieran despedido). En cualquiera de los casos enunciados debe presentarse demanda por vulneración de derechos fundamentales antes de que transcurran veinte días desde que se produce la notificación de la extinción de la relación laboral por parte de la empresa. Es aconsejable que busques la ayuda de un/a abogado/a en cuanto recibas dicha notificación.
3- Hay quien dice que sí es obligatorio decirlo, para que lo tengan en cuenta por la prevención de riesgos laborales. Pero no lo es. La Ley no establece la obligación de comunicar el embarazo en una fecha concreta. Pero si en tu puesto de trabajo existe algún riesgo para tu salud o la del bebé durante el embarazo, la empresa debe saberlo cuanto antes para que se adopten las medidas oportunas en materia de prevención de riesgos. Del mismo modo se ha de comunicar si solicitamos el permiso para los exámenes prenatales y/o preparación al parto. Si no lo comunicas el empresario no sería responsable de un accidente.
¿Seguro qué el período de prueba es de 4 meses? Aunque lo diga en el contrato´, la duración máxima válida es la que diga tu convenio para tu categoría.
Por otro lado, si lo comunicas POR ESCRITO Y QUEDÁNDOTE CON UNA COPIA FIRMADA POR UN RESPONSABLE te "blindas" ante posibles despidos, pero puede que sea más prudente esperar a que se pase el período de prueba.

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