Excedencia

Tanto mi novio como yo hemos pedido la excedencia en el trabajo para irnos a estudiar ingles y trabajar a Reino Unido, tuvimos que pedirla por tres años pues al no venir nada en convenio, lo miramos en el estatuto de trabajadores y era ese el periodo que teníamos que pedir, nuestra pregunta es volvemos en verano que ya habrá pasado un año, ¿podemos pedir el reingreso o tenemos derecho a paro y si es así lo podemos cobrar estando en excedencia? Gracias

1 Respuesta

Respuesta
1
El período mínimo es de 4 meses según la última reforma del ET.
Mientras no acabes la excedencia la empresa no tiene ninguna obligación de readmitirte ni puedes cobrar el paro.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas