Baja voluntaria.

Buenos días, la duda que me surge es la siguiente:
Una persona con 7 años de permanencia en una empresa, y después de "pillarle" realizando una acción digamos que poco adecuada, la requieren al despacho del jefe de personal de la empresa, y la invitan a que firme una baja voluntaria, de modo que no figure en su currículo dicho acto, y que no pasara a mayores, esta persona firma la baja voluntaria, y cuando se da cuenta... No tiene derecho a indemnización, ni paro ni ninguna otra prestación, así que esta decidida a solicitar la reincorporación en el puesto de trabajo, o en su defecto una indemnización por despido, la pregunta es si tendrá opción a percibir alguna de estas dos prestaciones.
Un saludo y muchas gracias.

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Si está dentro del plazo de preaviso de baja, es decir que aún no se ha ido, que mande un burofax (con certificación de texto y acuse de recibo) a la empresa diciendo que renuncia a dicha baja por haber sido solicitada bajo "indicación" del jefe de personal. Eso anula el proceso. Si la dan de baja igual puede poner una demanda por despido improcedente, con 45 días de indemnización y derecho a paro.

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