Interinidad

Hola:
Soy Vigilante de Seguridad, el pasado mes de Julio, me hicieron un contrato de interinidad, para sustitución de un trabajador de la plantilla que estaba con ILT, me he enterado por el propio trabajador, que está arreglando los papeles para que le den la incapacidad absoluta.
Si se la conceden, ¿tengo algún derecho sobre esa plaza que va a quedar disponible al ser yo la persona que le está sustituyendo?
Gracias

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1- En contrato de interinidad debes cobrar lo mismo que cobraba el que sustituyes, excepto el plus de antigüedad. Es decir que si el tenía contrato a jornada completa con la categoría POR, tu lo mismo, no una categoría inferior o jornada inferior.
2- Te quedas como indefinido si le dan la absoluta. Sin hacer nada especial. Tu contrato sigue igual, pero si te echan sin que él vuelva es despido improcedente.

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