Actualización tabla 2007 sin liquidación atrasos

Buenas tardes
Mi duda se centra en el art. 6 del Convenio de HOsteleria de bizkaia; en virtud de este articulo se ha publicado una tabla de salarios actualizada a 31 de diciembre de 2007, pero pone expresamente que se procede a la actualización ( sin liquidación de atrasos) de la tabla vigente en 2007.
Según entiendo a los trabajadores afectados no les corresponden atrasos y lo que unicamente deberíamos hacer sería aplicar la tabla revisada desde marzo, fecha en que se ha publicado.
¿Estoy en lo cierto?
Gracias de antemano

1 respuesta

Respuesta
1
Efectivamente, estás en lo cierto. Te aconsejo compruebes si se establece alguna clausula con efectos retroactivos para saber desde qué fecha has de aplicar esa nueva actualización.
Gracias agarfer
En el art. en cuestión solo se indica que al finalizar 2007 se valorará la evolución del ipc real de dicho ejercicio y que si resultase superior al previsto se actualizara ( sin liquidación de atrasos) la tabla, sumando a la misma 0.15 puntos adicionales ...
Y ahora se indica unicamente que esta será la tabla actualizada a 31 de diciembre por lo que no se si eso significa que debería tenerse en cuenta con efectos retroactivos desde el 1 de enero y por lo tanto debo pagar atrasos de estos dos meses.
¿El convenio tenia vigencia hasta el 31 de diciembre con lo que hasta nueva revisión deberé pagar estas cantidades a los trabajadores no?
Hasta que vuelvas a negociar el nuevo convenio las tablas salariales de referencia serán las del 31 de Diciembre y una vez firmado, dependiendo de lo que pactéis, cualquier subida para el 2008 se hará en base a esas tablas
¿Puedo pagar esos atrasos en la nomina de marzo o debería prepararlos con sus seguros sociales por separado?
Si, los puedes abonar en la nómina de este mes y has de preparar los seguros sociales complementarios correspondientes.
Te agradecería cerraras la pregunta para poder echar una mano a más usuarios

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