¿Mutua o seguridad social?

Mi marido lleva 5 meses de baja laboral por la mutua, en unos días acaba su contrato y no le van a renovar. No sabemos si a partir de ahora la mutua sigue responsabilizándose de él y hasta cuando o si debe pasar a la seguridad social.
¿Es cierto que si continua de baja después de finalizar el contrato computa como paro?
Muchas gracias

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Le pagará la mutua. Es cierto que cada mes que cobre de baja cuando acabe su contrato perderá un mes de paro.
Pero lo más importante es ver si el contrato temporal que tiene está en fraude de ley. Porque para que sea correcto se tiene que cumplir que:
- La causa de temporalidad (la obra o servicio) esté en el contrato y que exista.
- La causa debe estar fuera de la actividad "normal" de la empresa.
- Que tú estés trabajando exclusivamente en esa obra o servicio.
- Que no te finalicen el contrato antes o después de la finalización de la obra.
Si no se cumple cualquiera de las condiciones, el contrato está en fraude de ley y por tanto una no renovación equivale a un despido improcedente, con indemnización de 45 días por año de antigüedad, en el que se cuenta desde el primer día del primer contrato en fraude.

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