Prorroga excedencia

Hola, tengo un problema, mi excedencia de dos años termina el 22 de Junio, el 23 de Mayo envié por correo certificado intención de prorroga por año y medio más porque leí que si la pedías por menos de dos años no se podían negar, el caso es que hoy he recibido la negativa, una carta de la empresa diciendo que no se me concede. ¿Tienen derecho? ¿O lo tengo yo a la prórroga?. ¿Puedo reclamar?. La verdad es que no sé que hacer, porque si pido ahora la readmisión no vale, ¿tiene qué ser con un mes de antelación a la finalización de la excedencia no?.
Ayuda por favor.

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Tú tienes derecho a la prórroga sin necesidad de justificarlo. Actualmente el mínimo son 4 meses y el máximo son cinco años. Por tanto la puedes ir renovando cada 4 meses preavisando cada 15 días. O bien renovarla hasta el máximo de 5 años, descontando el tiempo que ya hayas estado de excedencia.
Entonces el siguiente paso es la demanda ante el juzgado de lo social. Es un proceso gratuito en el que puedes pedir abogado de oficio en cualquier caso. Ganarás seguro y si antes te dan de baja en la SS sería un despido improcedente por el que tendrías que cobrar una indemnización de 45 días por año de servicio y tendrías derecho al paro. En ese caso te aconsejo acudir al servicio jurídico de un sindicato.
Pero si hago eso ya creo ahí un mal rollo que ya verás, luego si quisiera el trabajo se las arreglarán para no dármelo.
¿No pueden negarse entonces?, la contestación fue: "he resuelto denegar dicha prórroga en aras de una mejor organizacón de la oficina, organización que se vería perturbada por una situación de excedencia que, de prorrogarse en el tiempo, impide adoptar las medidas pertinentes de contratación de personal de una forma permanente y duradera."
  Si me meto en juicios jamás me volverán a dar mi puesto, ni otro, ¿con lo cual más vale que abandone ya antes de meterme en follones porque lo voy a perder de todas formas no?.
Esta mañ he sido a Sindicatos para preguntar, me sale gratis enviar la carta y tal, pero luego si vamos a juicio comienzo pagando 750 euros, y eso que son Sindicatos, ¿no sale a cuenta verdad?.
¿Si me doy por vencida y renuncio a entrar tengo que firmar algo?.
  Muchísimas gracias por tu contestación.
Lo que dice la carta es totalmente inválido porque te niega un derecho concedido por el estatuto de los trabajadores. Lo que viene a decir es "a mí como empresa la excedencia no me viene bien", es decir, una gilipollez como la copa de un pino que indica que tu jefe no tiene ni puta idea de lo que está hablando y lo fácil que va a ser ganarle el juicio. Es como si te da una carta en la cual te dice que en el año 2008 no te va a pagar porque así la empresa gana más dinero.
Tampoco puede negarte la reincorporación cuando la pidas. Tienen la obligación legal de ofrecerte la primera vacante que hubiera (de tu categoría o similar). Si no la hay no tiene que ofrecerte nada, te quedas en espera. Pero si la hay y contrata a otro o no contrata a nadie entonces es equivalente a un despido nulo, porque sería un despido no hecho por escrito. En ese caso, tras otra demanda, tendría que optar entre:
-Readmitirte pagando los salarios dejados de percibir entre la fecha de la vacante y la de readmisión. El mismo día que te readmitiera podrías pedir la baja voluntaria e irte de la empresa cobrando esos salarios y el finiquito.
-Pagarte una indemnización de 45 días por año de servicio aparte del finiquito.
Por otro lado, en los casos de lo social la justicia siempre es gratuita, ganes lo que ganes. Tienes que pedir un abogado de oficio en el colegio de abogados y ya está. Tu caso es tan sencillo que no tendrá que invertir ni 5 minutos de su tiempo.
Hoy he vuelto a ir a sindicatos, no estaban seguros de quien tiene razón, creen que lo que tú dices es cierto, y el lunes me han citado con un abogado de allí. Es que se trata de los Registros de la Propiedad y ahí creían que iba un convenio especial, pero sobre la excedencia se remite al estatuto de los trabajadores. También me han dicho que ésto me va a costar dinero, tanto el abogado de allí como un abogado de oficio si vamos a juicio comenzarán por cobrarme 700 euros. Ufff, lo que faltaba.
  Muchas gracias por tus contestaciones, me han sido de gran ayuda.
Ah, no se si te lo he dicho, la empresa se trata de uno de los Registros de la Propiedad, obviamente el Registrador estudió derecho, ha tardado en contestarme, por lo que yo estaba segura de que habrá mirado muy bien lo que hacía. Hay un convenio especial, pero casi vacío, y lo dicho, en cuanto a excedencia se rige según el estatuto laboral.
  Un consejo a todos: no entréis a trabajar en este lugar si os diesen la opción, parece que vaya a ser tipo funcionario pero son unas mazmorras en las que pierdes cualquier derecho como trabajador y sólo te dejan estar agradecido por tenerte ahí "recogido" aún por el salario mínimo trabajando 10 horas al día.
Tenía que soltarlo.
Saludos.
1- EL Estatuto de los trabajadores está por encima de cualquier convenio. Si en el convenio pusiera límites a la excedencia, serían nulos.
2- Ten en cuenta que en el despacho del sindicato hay un liberado que no tiene porqué tener ni puta idea de lo que habla. El hecho de que no esté seguro de quien tienen razón en este caso lo demuestra. El abogado del sindicato es el único que sabe allí.
3- Te digo y te repito que en casos de lo social la justicia es gratuita (con abogado de oficio) siempre, diga lo que diga el liberao del sindicato. Incluso no es necesario que te presentes con abogado. Puedes representarte a ti mismo si quieres. El sindicato obviamente puede cobrarte lo que quiera, ¿pero el que pague 700? Por ese caso es tonto, teniendo la posibilidad de hacerlo gratis con abogado de oficio, sin sindicato. Tú vas al colegio de abogados y te lo explicarán, si es que no te quieren engañar también. Además hay otros sindicatos.
Por favor finaliza ya la pregunta porque te estoy diciendo lo mismo tres veces.

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