Cambio de baja médica

Soy funcionario y actualmente tengo un expediente abierto por jubilación por incapacidad permanente en fase de alegaciones, las cuales he presentado hoy mismo y estoy a la espera de contestación.
El resultado después de haber pasado por el tribunal médico ha sido negativo y no se me concede la jubilación. Llevo 16 meses de baja, por lo que no he agotado el tiempo máximo establecido.
Los servicios médicos de mi empresa, Correos, me deniegan la licencia para continuar de baja a pesar de la baja médica que mi traumatólogo me hace y me comunica que el día 1 de Julio tengo que incorporarme al trabajo.
Yo tengo intención de volver a pasar por el tribunal médico con nuevos informes (el ICAM en Cataluña).
Actualmente no estoy capacitado para trabajar con pesos debido a 6 hernias discales que tengo según informe objetivo de Resonancia magnética nuclear, a parte informe de mi traumatólogo, además de que tengo dolores etc.
Mi pregunta es si yo puedo ahora cambiar mi baja médica por otro diagnóstico del tipo psicológico (ataques de ansiedad), sin que esto suponga un impedimento para volver a pasar el tribunal médico por mis hernias.

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Perfentamente y ademas es lo que tendrías que hacer. Ahora te vas de baja por stress (y de cara al Tribunal lo justificas diciendo que tienes mucha ansiedad porque no estás preparado para trabajar ya que no te encuentras en condiciones). Al ser un motivo diferente vuelve a computar el tiempo de baja. Esta nueva baja no te impide seguir con las alegaciones del tribunal Medico
Gracias Agarfer por tu respuesta y por tu rapidez.
Solo por si acaso, y visto que me deniegan la licencia para seguir de baja, ¿también me la podrían denegar por stress o ansiedad? ¿Qué podría hacer entonces?
Gracias
Tu empresa no es quien tiene que concedértela o no, porque la da el medico de cabecera y si el dice que tienes ansiedad o stress y considera que te ha de dar de baja tu empresa no puede hacer nada. Lo que no entiendo es por qué me mezclas invalidez permanente con jubilación
Es mi empresa la que inicia un expediente de Jubilación por incapacidad permanente. Si el órgano médico examinador establece que no procede, mi empresa me da de alta, mejor dicho, me niega la licencia por enfermedad. Para poder estar de baja necesitamos una baja médica y una licencia por enfermedad que concede la empresa. Sin licencia no hay baja que valga.
Entonces el funcionamiento de correos no es como el de una empresa normal sino publica. Necesitaras asesoramiento de un experto en administraciones publicas que domine más el tema que yo

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