Baja voluntaria, subrogación

Actualmente la empresa en la que estoy trabajando está intervenida por falta de pagos. De momento la actividad es normal pero el director, para sacarla adelante y que nos dejen trabajar con otros proveedores a creado otro empresa en la que trabajaríamos sólo algunas personas.
Nos ha comentado que tendríamos que firmar un contrato por subrogación donde nos mantendrían todas las condiciones de salario, antigüedad, categoría... Todas las condiciones. El problema es que nos hace firmar una baja voluntaria. Mi pregunta es si no hay una baja voluntaria por subrogación, ¿o hay otra manera de hacerlo?

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Tu jefe no puede cambiarte de empresa y por eso pide que firmes una baja voluntaria. Si lo haces perderás toda la antigüedad y podría despedirte sin pagarte nada de indemnización, cosa que ahora mismo no puede hacer si no firmas esa baja. Una subrogación es cuando una empresa compra a tu empresa y al hacerlo hereda tu contrato y todas tus condiciones laborales, pero no porque quiera, sino porque tu contrato sigue vigente y sólo cambia el nombre del contratante. En una subrogación el empleado no tiene que firmar nada. Obviamente tu jefe no va a hacer una subrogación porque la empresa nueva no va a comprar la vieja, ya que aparte de tu contrato también heredaría las deudas. Por tanto lo que te propone es un cuento, te quiere engañar.
No hace falta que te diga que tu jefe es un pirata, que igual que no paga a sus proveedores no piensa pagarte a ti, puede que ni la nómina.
Entonces tienes dos salidas:
1- Negarte a firmar ningún tipo de baja voluntaria. Tú sigues empleada de la empresa de siempre y si no le gusta que te despida... pagando indemnización y finiquito y tendrías derecho a paro.
2- Firmar el nuevo contrato con la empresa nueva, en el cual se te debe reconocer el mismo derecho a indemnización que en la empresa vieja, tener pasado el período de prueba, poner el horario, categoría, convenio... ese contrato debería verlo un profesional. Después de firmar ese nuevo contrato y que te entregue tu copia firmada por la nueva empresa y registrada en el INEM, y cuando compruebes en la SS que te ha dado de alta en la nueva empresa, entonces y sólo entonces firmaría mi baja voluntaria en la empresa vieja. Pero si a los pocos días te despide correrías el riesgo de no cobrar el paro.

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