La última parte de tu redacción, ("excedencia, "aspira podría volver") no la he entendido muy bien pero te diré que tu caso es el típico para realizar lo que se llama SUBROGACIÓN. Se trata de que la nueva empresa te contrata asumiendo las mismas condiciones básicas que tenías antes, tales como el tipo de contrato o el salario. En este caso, se debería producir un finiquito de tu empresa inicial así que no te preocupes porque estoy seguro de que lo habrá. Tampoco deberías temer nada porque si hacen las cosas bien, la subrogación no significa comenzar de 0 sino que la nueva empresa debe asumir la antigüedad adquirida en la empresa anterior. Es decir, que si llevabas 5 años en la anterior empresa, en la nueva, tu nómina mostrará que tu antigüedad es de 5 años. Esto es muy útil en caso de un posible, para que tu indemnización fuese mayor.
Por último, si para hacer el cambio de empresa te dicen que has de firmar una carta de BAJA VOLUNTARIA esto sí que sería un error. La SUBROGACIÓN se realiza sin firmar carta de baja voluntaria, que es lo que haría que perdieras el derecho a tu antigüedad y abriría paso a que la nueva empresa pudiera cambiarte las condiciones. De manera que si quieren contratarte que hagan bien las cosas y realicen la subrogación. Si no, lo mejor en este caso sería negarte a pasar a la otra empresa con lo que sólo quedarían dos opciones: 1. Tu empresa decide que sigas en tu trabajo; 2. Tu empresa decide despedirte, en cuyo caso tendrías indemnización y paro.
En mi opinión, lo más seguro es que hagan las cosas correctamente y realicen la subrogación. Más que nada porque es lo habitual en estos casos así que no deberías preocuparte. Sin embargo, si quieres, mantenme informado de este proceso y así puedo decirte si están haciendo las cosas bien.