Calculo embargo salario

En caso de un mes con paga extra, por ejemplo Julio (extra 18 de julio) y la mensualidad normal, para el calculo del importe del embargo debo sumar los líquidos de las dos, ¿es decir para extra y mes o bien el calculo se hace individual?

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Se puede hacer teniendo en cuenta el líquido de ambas nóminas, aunque yo solo lo hago de la nómina del mes y la extra no la toco.

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