Paga extra verano
De nuevo desde España: En Noviembre/2004 Firmo un contrato de duración determinada por seis meses. En Diciembre de ese año cobro la Extra de Navidad proporcionalmente al tiempo que llevo trabajando (Paga extra completa de navidad dividida entre seis meses y multiplicado por dos meses que trabajo, lo considero correcto).
En Mayo/2005 cambio de contrato por indefinido no se me liquida el anterior contrato y sigo trabajado. La extra de verano/2005 no la cobro completa, Lo expongo en la dirección y se me argumenta que como no llevo un año en la empresa que no me corresponde una paga completa. El cálculo que se realiza es el siguiente: Paga extra de verano dividida entre doce meses y multiplicado por ocho meses de antigüedad en la empresa y el resultado es el que se me paga como extra de verano. Nuestro convenio dice
Todo el personal afectado por el presente Convenio tendrá derecho a dos gratificaciones extraordinarias, una denominada de Verano que se hará efectiva en la primera quincena de julio, y otra de Navidad, que se hará efectiva el 21 de diciembre, ambas de 30 días de salario real y efectivamente percibido por cada trabajador.
Además de estas dos gratificaciones, todos los trabajadores afectados por el presente Convenio, tendrán derecho a una paga denominada de Beneficios que se hará efectiva el 19 de marzo, consistente en 30 días de salario real y efectivamente percibido por cada trabajador, garantizando el Salario Convenio como mínimo. Esta se nos prorratea en las doce mensualidades
Estas gratificaciones serán abonadas en proporción del tiempo de permanencia del productor en la empresa, prorrateándose cada una de ellas en los 365 días del año.
Como se puede explicar la argumentación de la dirección desde el punto de vista legal por que yo no entiendo nada. Veo que este año desde su planteamiento voy a cobrar dos pagas completas menos la parte proporcional de los cuatro meses de la de verano que me faltan. Disculpen la extensión de la pregunta.
En Mayo/2005 cambio de contrato por indefinido no se me liquida el anterior contrato y sigo trabajado. La extra de verano/2005 no la cobro completa, Lo expongo en la dirección y se me argumenta que como no llevo un año en la empresa que no me corresponde una paga completa. El cálculo que se realiza es el siguiente: Paga extra de verano dividida entre doce meses y multiplicado por ocho meses de antigüedad en la empresa y el resultado es el que se me paga como extra de verano. Nuestro convenio dice
Todo el personal afectado por el presente Convenio tendrá derecho a dos gratificaciones extraordinarias, una denominada de Verano que se hará efectiva en la primera quincena de julio, y otra de Navidad, que se hará efectiva el 21 de diciembre, ambas de 30 días de salario real y efectivamente percibido por cada trabajador.
Además de estas dos gratificaciones, todos los trabajadores afectados por el presente Convenio, tendrán derecho a una paga denominada de Beneficios que se hará efectiva el 19 de marzo, consistente en 30 días de salario real y efectivamente percibido por cada trabajador, garantizando el Salario Convenio como mínimo. Esta se nos prorratea en las doce mensualidades
Estas gratificaciones serán abonadas en proporción del tiempo de permanencia del productor en la empresa, prorrateándose cada una de ellas en los 365 días del año.
Como se puede explicar la argumentación de la dirección desde el punto de vista legal por que yo no entiendo nada. Veo que este año desde su planteamiento voy a cobrar dos pagas completas menos la parte proporcional de los cuatro meses de la de verano que me faltan. Disculpen la extensión de la pregunta.
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Respuesta de anpazgz
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