Paro tras reducción de jornada

Necesito una solución urgente porque esta semana, muy probablemente, o acepto las condiciones que propone mi empresa, o me despiden.
Llevo varios años trabajando en una empresa del sector de la construcción a jornada completa. Desde hace meses está habiendo despidos y nos han propuesto como una posible solución reducirnos la jornada. El problema es que eso no nos garantiza que no nos despidan al poco tiempo. Personalmente me interesa la reducción de jornada, pero eso reduciría también la cantidad a cobrar el paro en caso de despido. Me he estado informando y me han dicho que una posible solución es que me despidan (con la correspondiente indemnización, por supuesto), que solicite la prestación por desempleo y que luego me vuelvan a contratar con la jornada ya reducida, así si me despiden de nuevo podría optar al paro que me corresponde por los años trabajados a jornada completa. ¿Es eso cierto?
En lo referente a la indemnización por despido; de los años trabajados, dos de ellos son con contrato de prácticas, ¿se incluyen esos años en el cálculo de la indemnización?

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Lo que te han informado es correcto pero poco viable ya que de cara al INEM y a la seguridad Social resulta extraño que se despida a un trabajador y seguidamente se le vuelva a contratar con otro tipo de contrato por lo que la Empresa se puede encontrar con una investigación por posible fraude.
En el supuesto del despido si los contratos en practicas son inmediatamente anteriores al contrato indefinido entrarían en el computo de los años a calcular para la indemnización
Se me plantea otra duda.
¿Hay alguna otra forma de aceptar la reducciónd de jornada y luego poder cobrar el paro íntegro que correspondería por la jornada completa?
En lo referente al despido, estuve dos años con contrato de prácticas, luego me hicieron un contrato por obra o prestación de servicios (aunque en él no se hacía referencia a ninguna obra concreta) y luego lo convirtieron en indefinido. En mi nómina figura que la fecha de inicio del contrato es cuando me hicieron el contrato por obra. No sé si debería figurar la fecha del primer contrato en prácticas para poder cobrar indemnización por esos años.
Solo seria posible en el caso de que la reducción de jornada la solicitases tu por cuidado de hijo menor de 8 años o persona mayor a tu cargo. En ese caso a la hora de solicitar la futura prestación te harían el calculo sobre la jornada completa y no sobre la reducida.
En el caso del despido si entre tu primer contrato y el siguiente no han mediado más de 20 días laborales, la fecha para computar la antigüedad y el importe de la indemnización seriá la del primer contrato que tuviste

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