Perdí visión y estoy de baja laboral, con pruebas en hospitales. Temo el despido de mi empresa

Llevaba trabajando más de un año con contrato indefinido en una tienda, pero hace dos meses perdí la vista y aun sigo de baja con muy poquita visión, me comento mi empresa que a los tres meses ya puedo ser despedida, lo cual me imagino que así va a ser, necesito saber si me despiden aun estado de baja con pruebas en dos hospitales y un ingreso que he tenido y otro del que estoy pendiente, sigo cobrando de alguien o bien de la S.S o si no me queda tan solo como recurso cobrar el paro.
Agradecería una respuesta, mi mail es (xxxxxx)

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Lo del despido a los 3 meses no lo entiendo. Un despido puede hacerse en cualquier momento, solo que será declarado improcedente y deberás recibir una indemnización.
Respecto a lo otro, si has trabajado el tiempo suficiente para generar cobrardel paro, lo cobrarás, bien estando de baja (que sería lo normal) o bien estando en el paro. Simplemente el tiempo que estés de baja lo que cobres de paro te irá descontando del tiempo de paro que hayas generado.
Estar en el paro es estar en una empresa (el INEM), y como en cualquier empresa has de trabajar, en este caso tu trabajo es buscar trabajo, por eso te pueden lalmar a entrevistas, fichar, etc. Si estás de baja, como en cualquier otra empresa, cobras pero no tienes que trabajar (en este caso no te pueden llamar del INEM), por lo que para ello deberás entregar los partes de baja igual que a cualquier otra empresa.
Gracias por tu ayuda, entonces ni me molesto en ir a la Seguridad Social ¿verdad?, lo de los tres meses me dijo la empresa que era porque según convenio no puede ser hasta esa fecha.
Si te despiden si que deberás ir a la seguridad social para arreglar los papeles como que estás de baja y te han despedido. Ve a atención del cliente de la seguridad social de tu localidad y te facilitarán los formularios para ello o te dirán qué has de hacer. Es posible que también debas llevarlos al INEM. Piensa que si estás en el paro, aunque de baja, lo que cobrarás será en relación a lo que cobrarías del paro, que no tiene por qué ser igual que lo que cobrarías si estás de alta en tu empresa.
Todo esto lo has de hacer una vez te despidan, desde la fecha que te dan de baja en tu empresa dispones de 15 días para ello. El despido deberán dártelo pro escrito y argumentandol as causas, aunque si reconocen la improcedencia del mismo da igual las causas que pongan.
Si no hubiesen más dudas.

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