Baja voluntaria por traslado de centro

Mi mujer ha sufrido un traslado del centro de trabajo y se ha acogido a su derecho de renuncia por ese motivo que viene recogido en el estatuto de los trabajadores con indemnización de 20 días por año trabajado.
Mi pregunta es: ¿No tiene derecho a paro? Tenía entendido que sí pero leyendo una de sus respuesta me ha entrado la duda.
Gracias de antemano por la ayuda. Un saludo,

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En caso de extinción del contrato por movilidad geográfica si se tiene derecho a desempleo, ya que está justificado.

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