Despido durante la baja

Hasta ayer llevaba 3 años trabajando en la misma empresa, a tiempo completo, con contrato indefinido desde hace 2 años. Hace 2 meses enfermé y empezó mi baja por incapacidad temporal (enfermedad común). Ayer la empresa me mandó un burofax en el que se me comunicaba mi DESPIDO DISCIPLINARIO, alegando que he disminuido voluntariamente mi rendimiento, causado retrasos en el trabajo y desobedecido a mis superiores. ¿Es posible que argumenten esto cuando llevo 2 MESES SIN TRABAJAR? Por otra parte, dicen reconocer la improcedencia del despido por lo dificultoso que sería demostrarlo y para así no alargar el proceso y evitarse salarios de tramitación. Finalmente, mencionan que se me indemnizará acorde al Estatuto de Trabajadores, pero en ningún caso me hablan de cantidades, ni de liquidación, ni de nada. ¿Es correcto el modo de actuar de la empresa? ¿Tengo algún tipo de posibilidad de reclamar o denunciar esta situación llegando a buen puerto?

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Te corresponde una indemnización de 45 días por año de servicio en la empresa por tratarse de un despido improcedente. Lo de que has bajado el rendimiento si fuera incluso antes de estar de baja tendrán que demostrarlo en el juicio(por que se supone que demandaras la improcedencia). Como no podrán demostrarlo es despido improcedente.
Aparte de la indemnización te deben el finiquito, es decir, los días de salario del mes en curso en que te despiden, la parte proporcional de las pagas extras y las vacaciones devengadas y no disfrutadas.
Te aconsejo que te pongas en manos de asesoría profesional, sindicato, abogado laboralista o graduado social para que evalúe el caso con toda la documentación y te calcule la indemnización con las nominas en la mano.
Gracias por la respuesta. Quería hacer alguna pregunta más. ¿Es legal que la empresa no me haya hablado de la indemnización que me corresponde en el burofax? Es decir, sin nombrar ninguna cantidad concreta. Por otra parte, ¿a quién debo remitir ahora mis partes de baja mientras el proceso no esté zanjado? ¿A la Seguridad Social? ¿Existe algún plazo en la entrega? Muchísimas gracias, y un saludo
Es legal y hasta normal. La indemnización se calcula a razón de 45 días por año de servicio en la empresa y ya te lo darán cuando te den el finiquito. Sobre lo de los partes sinceramente no lo se pero podrías preguntárselo a tu medico de cabecera que te sacara de dudas.
No te olvides de finalizar la pregunta si no tienes más dudas.

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