No, no existe ya despido express...
La empresa despide disciplinariamente, el trabajador tiene que poner la denuncia y cuando nos dan fecha de conciliación SE DECLARA la improcedencia delante de un juez...
Si no se hace así, hacienda puede reclamar los impuestos por dicha indemnización ya que si no está "certificado" por un juez es lo mismo que dar dinero voluntariamente... es dec icir... se considera dinero y por tanto cotiza y tributa...
El hecho de ir al juzgado ahora es la única forma de asegurarte que dicha indemnización no se va a considerar retribución.
Se debe calcular a razón de 45 ´días hasta el 12 de feb 2012 y a partir de 13 feb 2012 a razón de 33... pero ten en cuenta que ahora a la indemnización de 45 han puesto un tope... por lo que tienes que formular también los topes con las indemnizaciones... ya que no tendrías en casos de mucha antigüedad que seguir sumando indefinidamente...
Los pasos son
1. Comunicación del despido disciplinario
Si tu intención es que sea improcedente, le dices al empleado lo que debe hacer, ir al juzgado de lo social y poner la reclamación... yo suelo dar los cálculos de la indemnización en ese momento para que se lo lleve a la conciliación estudiado y que en dicho acto acepte.
2. El empleado pone la reclamación y tú esperas hasta que te llegue la fecha de conciliación
3. Persona con poderes suficientes va ese día, declara improcedente el despido con indemnización la que sea... si el trabajador está conforme firma el juez y ya está... en el plazo que digas ingresas o le das un chque por el importe.
No es complicado... pero es más rollo que antes...