He firmado el finiquito, ¿Puedo reclamar?

Me han despedido de la empresa alegando "reiterada y voluntaria disminución del rendimiento exigible" cosa que no es cierta y convirtiendo el despido como procedente y así no pagar indemnización.

La pregunta es: ¿Puedo reclamar a la empresa aún habiendo firmado el finiquito?

En el finiquito aparece que me abonan una cantidad por los conceptos de liquidación final, saldo y finiquito... Firmado y conforme...

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Independientemente de que hayas firmado el finiquito, ya que la conformidad o firma de el finiquito no interfiere para nada la demanda por despido otra cosa es que la demanda la quisieras poner por reclamación de cantidad una vez firmado el finiquito porque posiblemente no te aceptarían a tramite la demanda por haber firmado la conformidad con la cantidad cobrada.. Por lo tanto el que hayas firmado el finiquito, no impide que si consideras que la empresa te a despedido sin nin ningún tipo de justificación si no que lo a echo por otros motivos entre los que se encuentra el de evitar tener que pagarte la indemnización, por supuesto que puedes interponer una demanda por despido improcedente teniendo en cuanta que para acreditar la falta de rendimiento alegado por la empresa se tiene que demostrar la voluntariedad y mala fe del trabajador en la reducción del rendimiento en el trabajo, por lo que puedes demandar a la empresa ante el SMAC por despido improcedente y que la empresa demuestre que la causa del despido es la de la reducción voluntaria del rendimiento del trabajo, algo que va a tener muy complicado si no dispone de pruebas ni de testigos, pero no se te olvide que el plazo para poner la demanda es de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente a la del despido.. Si no necesitas ninguna aclaración, no se te olvide calificar la respuesta pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta para que me puedas volver a consultar otra vez ..

En el caso de que me dieran la razón y se considerara el despido como improcedente, deberían hacerme el pago de la cantidad que me corresponde por despido improcedente?

Gracias por la respuesta

Si el despido fuera declarado improcedente. La empresa te tendría que pagar 45 días por año si el contrato de trabajo fuera anterior a la entrada en vigor la reforma laboral del 2012) o 33 por año si el contrato de trabajo se hubiera firmado después de la entrada en vigor la reforma laboral, por lo tanto por supuesto que de reconocerse el despido improcedente te tienen que pagar la indemnización correspondiente a dicho despido.. No se te olvide finalizar la pregunta

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