Contrato por obras y servicios

Buenas.
Me gustaría saber la situación laboral en la que se encuentra mi esposa.
Trabaja en una multinacional dedicada a productos alimenticios. Su primer contrato fue un eventual de 6 meses. Al finalizar éste contrato le han ofrecido un contrato por obra y servicio. Su trabajo consiste en el seguimiento la gestión administrativa de un cliente de manera continua.Mis preguntas son:
1. Es legal éste tipo de contrato desarrollando éste tipo de trabajo
2. ¿Cuál es el tiempo máximo de duración de éste contrato?
3. ¿La pueden despedir en cualquier momento sin preaviso y sin indemnización?
Desde ya, muchas gracias

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Respuesta
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1- Podría ser, siempre y cuando tu mujer se dedicara exclusivamente a ese servicio solamente para ese cliente. Pero no podría hacer nada más. Como eso no ocurrirá su contrato estará en fraude de ley. Leelo en mi web.
2- No hay máximo. Pero cuando alcance 24 meses sumando los dos contratos se transformará automáticamente en indefinida. Entonces es probable que le comuniquen el fin de obra un poco antes, pero si el contrato con el cliente siguiera pero a ella la echaran supondría también fraude de ley.
3- Si dura más de un año la tienen que preavisar del fin de la obra con 15 días de antelación. La indemnización será de 8 días por año si el contrato no estuviera en fraude. Si lo estuviera sería de 45 días por año, igual que si fuera indefinida.
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