Vacaciones, y asuntos propios

Hola, soy una chica que ha estado trabajando un año en una empresa, con dos contratos de seis meses, (comencé el 01/11/2007) ahora no me renuevan y se me acaba el contrato el 31/10/2008.
He pedido que me den los dos días de asuntos propios y el día de vacaciones que me corresponde, a lo que me han dicho que no me pertenecen treinta días de vacaciones, por que aunque haya estado un periodo de un año, tanto las vacaciones como los asuntos propios empiezan a contarse desde el primer mes del año y yo no voy a terminar el año, y no tengo derecho a lo que les exijo.
Necesitaría saber si eso es verdad.
Si yo, tengo derecho a treinta días de vacaciones y dos de asuntos propios por periodo de doce meses, o el periodo ese empieza a contar con el año natural, y si fuera así me tienen que descontar las vacaciones que me han dado de más y no darme los asuntos propios.
Estoy hecha un lio, espero que me podáis ayudar.
Muchas gracias.

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1) En cada contrato de finalización, existe un finiquito, donde evidentemente te han tenido que pagar, si no has disfrutado tus días de vacaciones.
2) En el segundo y ultimo contrato, si no has disfrutado vacaciones, tienes la misma opción.
3) El computo de vacaciones es lo que marca tu convenio, días naturales o días laborales, que por supuesto no tienen que ser inferiores a 30 días naturales que marca el Estatuto de los Trabajadores.
4) En cuanto a días de asuntos propios, serán los indicados en tu convenio, pero por sistema no los dan, máxime en contratos eventuales, a lo cual también tienes que remitirte a tu convenio.
Te recuerdo que debes tener un comité de empresa al cual acudir, para clarificar asuntos de tu propio convenio

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