Excedencia

Mi pregunta es la siguiente
Me han concedido la excedencia voluntaria por interés particular por un año que empieza el 21 de noviembre de este año. En la carta que me entregaron ayer concediendomela me dice textualmente que " asimismo le informamos que le restan por disfrutar 5 días de vacaciones y le rogamos que por causas organizativas proceda a disfrutarlos del 17 de octubre al 21 de noviembre ambos inclusive."
Para empezar las fechas están mal porque debería ser del 17 de noviembre al 21 de noviembre, pero el caso es que esas vacaciones quería disfrutarlas yo en diciembre.
Entonces mi pregunta es ¿puede el empresario obligarte a cogerlas antes de que empiece mi excedencia? ¿O puedo exigir que me las paguen?
Un saludo
Muchas gracias

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Respuesta
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Si tu has dado la fecha de inicio de la excedencia esa es la que prevalece. Las vacaciones te las tienen que pagar junto al finiquito al comienzo de las vacaciones. Para empezar las vacaciones tienen que ser de mutuo acuerdo y el trabajador debe conocerlas con dos meses de antelación. No se cumplen ninguna de estas dos condiciones por lo tanto la empresa no puede obligarte a cogerlas antes del 21.

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