Riesgo de embarazo y vacaciones

Soy enfermera y al quedarme embarazada estuve dos meses de baja por enfermedad me volví a incorporar y mi jefe me comentó que solicitará el riesgo de embarazo y así lo hice y me lo concedieron. Actualmente estoy con la baja maternal tengo derecho cuando ésta se me termine a mi mes de vacaciones.

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Tendrías derecho a las vacaciones después de la baja maternal según el Estatuto de los Trabajadores.
Artículo 38. Vacaciones anuales.
3. El calendario de vacaciones se fijará en cada empresa. El trabajador conocerá las fechas que le correspondan dos meses antes, al menos,
del comienzo del disfrute.
Cuando el período de vacaciones fijado en el calendario de vacaciones de la empresa al que se refiere el párrafo anterior coincida en el tiempo
con una incapacidad temporal derivada del embarazo, el parto o la lactancia natural o con el período de suspensión del contrato de trabajo
previsto en el artículo 48.4 de esta Ley, se tendrá derecho a disfrutar las vacaciones en fecha distinta a la de la incapacidad temporal o a la del
disfrute del permiso que por aplicación de dicho precepto le correspondiera, al finalizar el período de suspensión, aunque haya terminado el año
natural a que correspondan.
El Estatuto lo deja tan claro que no hay lugar a dudas.
Muchas gracias por tu explicación, me ha sido de gran utilidad. Es que la empresa me ha dicho que no tenía claro que me correpondiesen vacaciones.

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