Excedencia

Tengo derecho a algún tipo de finiquito o liquidación, ¿si pido una excedencia en mi empresa?

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Tienes derecho al finiquito, es decir:
-Salario de los días del mes en curso del cese por excedencia.
-Parte proporcional de las pagas extras devengadas.
-Vacaciones no disfrutadas.
No tienes derecho a indemnización por que se supone que tras la excedencia, te incorporaras
a tu puesto.

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