Período de prueba. Despido. Pago.

Estando en activo, en período de prueba, me dieron la baja médica por un problema de salud. Lo notifico a la empresa y a los cuatro días recibo un telegrama donde se me considera no apta para el puesto laboral y que ponen a mi disposición la paga del uno al veinticuatro de noviembre, la que incluye pagas extras, vacaciones, etc. Cuatro días después puedo trasladarma hasta el polígono donde se encuentra la empresa con el fin de cobrar mis haberes. Una vez allí me dicen que hasta dentro de una semana no tienen las nóminas para el pago. Yo me pregunto si dentro de una semana me dirán lo mismo. En prevención a esto, solicito orientación ¿qué debo hacer? Por otra parte me presento al INNS con la baja médica y me dicen que la empresa tiene contratada una mutua, a la que tengo que presentarme a la brevedad, sin haber recibido ningún tipo de notificación. La empresa, al presentarme para el cobro de haberes, creo que me debía haber informado de la existencia de la mutua, pero no lo hizo, sus razones tendrá. En fin, que espero una ayuda de su parte por lo que de antemano, le doy mis más efusivas

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Sobre el tiempo de espera para recibir la liquidación, en teoría esta se debe hacer efectiva en el momento en que se produce el despido a través de la carta de despido o si es durante el periodo de prueba en cuanto se manifieste el desistimiento de la empresa. Si bien, en la práctica casi nunca se hace esto así, lo más normal es que nos lo entreguen a los dos, tres días aunque esto no debería ser así, ni es problema del trabajador que no tengan las nominas preparadas, etc. El problema para nosotros y el respaldo del empresario viene determinado por que no vamos a ganar nada denunciándolo, simplemente perderemos el tiempo y no adelantaremos nada, porque hasta que no hayan pasado meses completos no hay recargo por mora en el pago.
No obstante, yo personalmente si me hicieran esperar más de 10 días lo reclamaría y si no hay solución satisfactoria, lo denunciaría.
En cuanto a lo de la IT, mientras estés en esta situación es la mutua de la empresa la entidad gestora de la prestación y la que debe pagar. En la práctica es una tontería nueva que se han montado porque los efectos reales son los mismos que si lo pagara en INSS, ya que luego este paga a la mutua por los gastos. Pero si, tienes que presentar los papeles en la mutua en el plazo que te digan.
Un saludo.
Espero haberte aclarado algo las cosas.
Por favor si no deseas más información a este respecto finaliza la pregunta más abajo.
Clarísima la respuesta, muchísimas gracias. Una última pregunta ¿cuál suele ser el plazo para presentar la baja y los partes a la mutua? Hasta hoy no los he presentado, es que la empresa tampoco me informó que debía ir a la mutua, lo averigüé en la oficina del INNS, pensando que era allí donde debía presentarlos. Otra vez gracias y saludos.
Los partes de la mutua se deben presentar semanalmente en los plazos que la misma mutua requiera.
Si no tienes información de ello, te aconsejo que acudas a la mutua a que te informen de como llevan ellos la administración, ya que esos partes ellos luego los remiten al INSS.
Lo felicito, sus respuestas son claras, concisas y plenamente acertadas. Además su forma de decir es sumamente agradable. Mi gratitud y reconocimiento. Felicidades.

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