¿8 días por año trabajado?
Tengo un contrato de obra o servicio determinado(401), y quería saber si es LEGAL en el convenio colectivo de ingeniería y oficinas de estudios técnicos que cuando finalize el trabajo, según dice en mi contrato en la clausula séptima, ¿me tienen que indemnizar con 8 días de salario por cada año trabajado? Creo que el mínimo son 20 días por un despido procedente y 45 por un improcedente.
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Respuesta de oremilak
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