Paro y contrato por obra y servicio
Perdona las molestias pero necesitaría ayuda y según todoexpertos.com tu eres el experto con más conocimiento del tema.
Mi pregunta es sobre la prestación substitutoria (paro). En mi caso llevo un año y medio trabajando en la misma empresa con contrato por obra y servicio sin fecha de finalización. Por temas de estudios querría dejar el trabajo y poder tener derecho al paro durante el tiempo que me toque. He mirado en la web del INEM y cumplo las condiciones para acceder a el.
La pregunta es la siguiente: ¿Si dejo el trabajo me corresponde paro? En caso contrario, supongo que me deberían despedir, ¿al ser un contrato por obra y servicio existe el despido procedente y improcedente? Tengo entendido que por despido procedente no tienes derecho al paro, ¿es cierto?
Si fuera posible, también me gustaría saber como calcular la cantidad que me quedaría al mes de paro. He leído que para ello tienes que calcular la base para las contingecias comunes. En mi caso tengo las pagas extras prorrateadas y solo sueldo base, por lo que supongo que la base (sobre la que se aplica un porcentaje cercano al 4%, creo recordar) es el sueldo bruto mensual, ¿es eso correcto?
Mi pregunta es sobre la prestación substitutoria (paro). En mi caso llevo un año y medio trabajando en la misma empresa con contrato por obra y servicio sin fecha de finalización. Por temas de estudios querría dejar el trabajo y poder tener derecho al paro durante el tiempo que me toque. He mirado en la web del INEM y cumplo las condiciones para acceder a el.
La pregunta es la siguiente: ¿Si dejo el trabajo me corresponde paro? En caso contrario, supongo que me deberían despedir, ¿al ser un contrato por obra y servicio existe el despido procedente y improcedente? Tengo entendido que por despido procedente no tienes derecho al paro, ¿es cierto?
Si fuera posible, también me gustaría saber como calcular la cantidad que me quedaría al mes de paro. He leído que para ello tienes que calcular la base para las contingecias comunes. En mi caso tengo las pagas extras prorrateadas y solo sueldo base, por lo que supongo que la base (sobre la que se aplica un porcentaje cercano al 4%, creo recordar) es el sueldo bruto mensual, ¿es eso correcto?
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Respuesta de bergenz
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