No me pagan la indemnización

Hola muy buenas, mi caso es el siguiente mi empresa hizo un ERE en el que estuve afectado, el día 11 de noviembre me lo comunican y me presentan la documentación firmo el enterado y que estoy conforme con la cantidad de la indemnización, indicando en el aviso que me lo ingresaran por transferencia bancaria, bueno sobre el día 20 me ingresan la nomina del mes octubre que me debían y hasta la fecha no he recibido nada más .
¿Mi pregunta es la siguiente esto es legal?
¿Pueden pagarme cuando ellos quieran?
Y si es denunciable, donde tengo que acudir
un saludo

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En cualquier momento puedes cobrarles lo que te deben mediante un
proceso de reclamación de cantidad, que se inicia en el SIMA
mediante un acto de conciliación. Puedes reclamarles cualquier
deuda de los 12 meses anteriores a la fecha en que lo inicies. Para
este proceso no necesitas abogado, pero puedes conseguir uno de oficio
gratis en el colegio de abogados o bien acudir a un sindicato. Puestos
a reclamar que te revise bien las últimas 12 nóminas
alguien que no sea de la empresa ni de la asesoría que se las
hace, porque es muy probable que hayas estado cobrando menos de lo que
dicen las tablas salariales actualizadas del convenio aplicable. En ese
caso le puedes cobrar toda la deuda en el mismo proceso incluso aunque hayas firmado el finiquito como conforme. Además,
en la demanda puedes meterles intereses por mora. Por tanto si la
empresa te debe dinero míralo como si lo estuvieras metiendo en
el banco con intereses. Pero tienes que iniciar el proceso cuanto
antes. Si la deuda te ocasionó algún perjuicio
económico lo puedes recuperar. Ppor ejemplo si el banco te
cobró comisiones por tener números rojos. O incluso si
tuviste que que pedir un crédito para seguir viviendo mientras
que la empresa no te pagaba. Lo primero es poner y ganar la
reclamación de cantidad en el juzgado de lo social. Entonces,
una vez la sentencia sea firme, podrías poner una demanda a la
empresa por daños y perjuicios, en la cual pides que te paguen
todos los gastos que te ocasionaron, como los intereses del
crédito y los gastos de su formalización. Pero con eso
hay que ir con ojo, porque las demandas de daños y perjuicios
sí necesitan de abogado y sí que puede haber condena en
costas.

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