Buenas tardes. LLevo un año en la misma empresa con un contrato por obra y servicio, si me despiden aunque no se haya concluido la obra, de hecho van a contratar a otra persona, que indemnización me corresponde, 8 días o 20 por despido objetivo. Otro tema el despido me lo han comunicado verbalmente, mi jefe directo no la empresa ¿Tienen qué comunicármelo por escrito? Muchas gracias de antemano
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Respuesta de fotoalpine
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fotoalpine, Estudiante de Historia e investigador en diversas áreas de la misma
Estimada amiga: En primer lugar... Si estás con un contrato de obra, en principio, si te despiden alegando que ha descendido la carga de trabajo de la empresa, no pueden contratar a ninguna otra persona que no seas tu, con lo que entiendo que no es tu caso, y se nos abren dos posibilidades: 1º Que la empresa alegue algún motivo que justifique el despido (improbable). 2º Que se trate de un despido improcedente. El segundo caso es el más probable. Si la empresa te da directamente el improcedente, pues... poco más hay que hacer. Eso sí, en cuanto te den el despido, firma siempre, tanto en la carta de despido como en el finiquito, escribiendo juunto a la firma "NO CONFORME". Esto te da 15 días para poder realizar cualquier reclamación. Lo normal es que en una situación de despido, por nervios y eso, no tengamos claro que las cuentas que nos da la empresa estén bien, con lo que, firmando "no conforme", tendremos después 15 días para revisarlo, consultarlo con un abogado, etc., y, en caso de que no estés conforme, podrás realizar las reclamaciones oportunas. Si el despido no es improcedente, lo mejor sería que luchases por él, y aquí tendrías que ponerte con un abogado. Lo mejor es que vayas a algún sindicato para que te asesoren y te pasen con su asesoría jurídica. Y por último: Si no te comunican el despido por escrito, es como si no te lo comunicasen. Ten cuidado con esto, porque si sólo te lo dicen verbalmente, y tú dejas de ir a trabajar, tú no tienes nada, y la empresa podrá alegar que tú, simplemente has dejado de cumplir con tus obligaciones, dejando de asistir a tu puesto de trabajo, con lo que la mala, en lugar de ser la empresa, pasas a ser tú. Así que, mientras que no te comuniquen tu despido por escrito, tu eres trabajadora de la empresa y no te pueden negar la entrada en la misma y cumplimiento de tus funciones. En caso de que quieran hacerlo, lo mejor es que llames a la policía y ellos tomen nota de la situación. En caso de que posteriormente sea necesario, el testimonio de la policía valdrá a tu favor. Espero haberte aclarado algo. Para cualquier cosa, por favor, consúltame de nuevo. Pero sobretodo, recomendarte a ti y a todo el mundo que ante alguna situación como esta, lo mejor es la consulta directa con un abogado laboralista. Para ello lo más cómodo es asistir a algún sindicato, que para eso -entre otras cosas- están.