Derecho a disfrutas asuntos propios ("Moscosos")
Soy funcionario de administración local (Diputación Provincial). He estado todo el año 2008 de baja médica y a mediados de este mes de enero me van a dar el alta administrativa.
En el convenio vigente se contempla que las vacaciones pueden cogerse hasta el día 20 de enero y los asuntos propios hasta el 31 de enero del año siguiente al que se han generado.
Mi pregunta es: ¿Puedo coger los días por asuntos propios aún habiendo estado todo el año 2008 sin trabajar?
En el convenio vigente se contempla que las vacaciones pueden cogerse hasta el día 20 de enero y los asuntos propios hasta el 31 de enero del año siguiente al que se han generado.
Mi pregunta es: ¿Puedo coger los días por asuntos propios aún habiendo estado todo el año 2008 sin trabajar?
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Respuesta de sunammi
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