Paga durante el periodo de it

Durante un periodo de IT yo tengo derecho a cobrar mi paga mensual completa, aunque tenga el prorrateo de pagas extras incluido o algún plus que se pague por día trabajado.

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Depende del tipo de contingencia de que se trate.
-Profesional. La mayoría de convenios obligan al empresario a complementar hasta el 100% de las retribuciones que viniera percibiendo el trabajador.
-Enfermedad común. Salvo mejora del convenio, los 3 primeros días no se cobran, a partir del 4º se cobra el 60% y a partir del día 21 el 75%.
Revisa tu convenio por si estableciese alguna mejora en caso de enfermedad común.
Finalice y puntúe sino tiene más dudas.
Muchas gracias por la respuesta; pero me gustaría saber si estoy cobrando el plus de transporte, que solo lo cobro los días laborables, tengo derecho a cobrarlo.
Un saludo
Dependerá de como venga definido este plus en el convenio y lo que diga en el apartado de bajas(si por ejemplo el convenio dice:por día efectivamente trabajado, entiendo que cuando se esta de baja o vacaciones no se ha de cobrar. Pero en principio los porcentajes se calculan a través de la base de cotización de la nomina(base cotización contingencias comunes o profesionales)y a partir de ahí se sacan los porcentajes. La base son todos los conceptos que cotizan incluidas las pagas extras.

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