Prestaciones desempleo después de despido nulo

Explicaré mi caso lo más resumido posible.
Mi empresa después de estar 3 meses sin pagar salarios me despidió en septiembre de 2008 argumentando despido objetivo de forma irregular, por lo que decidí poner la correspondiente denuncia.
En aquel momento, en septiembre la empresa me dio el correspondiente certificado de empresa con el que me fui a tramitar las prestaciones por desempleo que comencé a cobrar.
En diciembre salió el juicio por el despido y el juzgado me dio la razón, y el acuerdo fue la readmisión a partir de ese momento y acto seguido el despido por impago de salarios por el art.50 del estatuto de los trabajadores. Por tanto, se me considera que he trabajado en la empresa hasta diciembre.
La empresa me dio un nuevo certificado de empresa para poder tramitar las nuevas prestaciones de desempleo. Según tengo entendido, las ya percibidas por el primer despido se consideran "prestaciones percibidas indebidamente por causas no imputables al trabajador" y que hay que retornar.
He consultado en la oficina del INEM y no saben contestarme que pasará con estas prestaciones, si las he de retornar yo directamente, si me descontarán de prestaciones pendientes de cobro o según me han dicho en varios sitios, si había cobrado 3 meses, ahora estaré 3 meses que no me pagaran.
He realizado la consulta en otras oficinas del INEM y ninguna me sabe contestar.
Hay alguien que sepa exactamente que sucede en estos casos !?

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En estos casos será el Servicio Publico de Empleo quien se ponga en contacto directamente con la empresa y le reclame una RESPONSABILIDAD EMPRESARIAL por el importe de los costes que haya tenido el INEM por el pago de tu prestación.
Por lo tanto tú no tienes que preocuparte de nada, ya que el INEM no te va a reclamar a ti esas cantidades, sino a la empresa.
Gracias por la respuesta, yo entiendo que lo justo debería ser así, pero según me explica un compañero en la misma situación, a él le ha llegado una notificación de que deberá devolver esas cantidades, cosa que considero abusivo ya que estamos hablando de desempleados a los que dejarías sin subsidio durante unos meses, por tanto un autentica debacle familiar.
Realmente no se cual es el caso de tu compañero, pero yo puedo decirte que he visto ese mismo caso en varias ocasiones y siempre la empresa recibe una carta de reclamación por parte del SPEE y éste considera tales cantidades como de Responsabilidad Empresarial, por lo que es la empresa quien debe abonarlo y no el trabajador.
También te puedo decir que en una oficina del INEM posiblemente no te van a dar ninguna solución, deberías hablar con el SPEE de tu provincia, que será quien te pueda decir en qué situación está tu expediente. 901119999, es el teléfono genérico del SPEE, quizá allí te puedan aclarar algo.
Un saludo. SOSlaboral.

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