Despido estando de baja

Hola, me acaban de despedir estando de baja no laboral, mi contrato es por obra o servicio, llevo dos años trabajando en la empresa y en mi puesto solo estoy yo. Mi pregunta no es sobre indemnización, sino al estar de baja si acepto la indemnización no se si tengo que seguir presentándome en la mutua, que hacer con los partes de baja y si seguiré cobrando como baja o ya cobraré directamente del paro. Gracias por adelantado

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Cuando un trabajador que está en situación de incapacidad temporal finaliza su relación laboral, el Instituto Nacional de la Seguridad Social o la Mutua le seguirán abonando la incapacidad temporal en cuantía igual a la de una prestación por desempleo.
Una vez que el trabajador esté de alta médica se entiende, a efectos de un posible derecho a prestaciones por desempleo, que está en situación legal de desempleo y comienza a contar el plazo de 15 días hábiles para solicitar las prestaciones. Por tanto, deberá esperar al alta médica para solicitar las prestaciones por desempleo.
De aprobarse un derecho a prestación por desempleo, se descontará del periodo de duración reconocido el tiempo transcurrido desde el cese en la empresa hasta el día del alta médica, excepto si la incapacidad temporal se debe a una enfermedad profesional o a un accidente laboral y el alta se ha producido a partir del 1 de enero de 2008. El Servicio Público de Empleo Estatal cotizará por el periodo descontado, asumiendo la cuota empresarial y la del trabajador.
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