Reclamar después de firmar finiquito, ¿Puedo?

Ante todo muchas gracias por ayudarme. Soy de Murcia, mi empresa hace 6 meses me despidió y me indemnizaron sólo 20 días por año de servicio, aunque me corresponden 45 ya que no fue ni por ERE ni nada, y además a dos compañeros en las mismas circunstancias le han indemnizado con 45 días porque dijeron que si no, denunciaban a la empresa.
En la carta de la empresa pone esto:
  " Como Usted conoce, estamos procediendo en estos momentos a la reorganización en diferentes departamentos, siendo necesario amortizar su puesto de trabajo para garantizar la viabilidad de la empresa, teniendo que prescindir del trabajo que usted desempeña.
   En consecuencia de tales circunstancias, al amparo de lo dispuesto en el artículo 52, apartado c), del Real Decreto Legislativo 1/1995 de 24 de marzo, que aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatutro de los Trabajadores, nos vemos en la necesidad de extinguir su contrato de trabajo.
El importe LEGAL de su indemnización, de 20 días por año de servicio asciende a ... Etc, etc."
Mi pregunta es la siguiente, aún firmando en su día el finiquito de 20 días, y habiendo pasado 6 meses (fue el 15 de Septiembre de 2008), ¿puedo reclamarles los 45 días?, y si no acceden y me meto a juicio, ¿lo ganaré?, necesito saber si al 100% es viable mi reclamación y si puedo exigirles el resto del pago.
Si hay la menor duda no me meto en juicios.
Muchas gracias por ayudarme.

1 respuesta

Respuesta
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Ya es tarde. Al haber pasado el plazo de 20 días para la impugnación del despido y dirimir en los juzgados haber si le correspondían los 45 días por despido improcedente en vez de los 20 que percibió es inviable la demanda por despido.
Finalic e y puntúe sino tiene más dudas.

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