Embarazada

Hola,
Le explico mi caso. Estoy embarazada y trabajando. Acabo contrato el 31 de mayo y la fecha prevista para el parto es la segunda semana de agosto. En octubre me contratarían de nuevo. Mi pareja es funcionario y esta y estará trabajando.
Ahora mis preguntas son las siguientes: ¿Cuándo podría yo cogerme la baja por maternidad? ¿Si yo al acabar el contrato me inscribo en el paro, puedo cogerme la baja? ¿Si estando yo parada y cobrando baja por maternidad, me incorporo a trabajar en octubre, podría mi pareja disfrutar del resto de mi baja por maternidad?.
Espero su ayuda y que me aconseje para poder aprovechar al maxsimo, entre mi pareja y yo, el permiso de maternidad.
Muchas gracias.

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La baja por maternidad normalmente se coge en el momento del parto, es decir cuando des a luz empieza a contar la baja por maternidad.
Cuando a ti te finalice el contrato deberás inscribirte en el INEM, esto es muy importe, ya que para tener derecho al subsidio por maternidad debes estar en situación de alta o asimilida al alta, tienes que tener un periodo de cotización a la seguridad social superior a 180 días dentro de los últimos 5 años, de esta forma dejarás de cobrar la prestación por desempleo y empezaras a cobrar el subsidio por maternidad.
La baja por maternidad son 16 semanas, de las cuales seis semanas son obligatorias que se las coja la madre, ya que se entienden que son para su recuperación. Si por ejemplo das a luz el día 17 de agosto, tendrás que estar de baja por maternidad obligatoriamente haste el 27 de septiembre.
Transcurridas las 6 semanas obligatorias de baja maternal tu puedes delegar el permiso que te queda al otro progenitor para que disfrute la baja por maternidad por el tiempo que reste de las 16 semanas, siempre y cuando lo notifiques al INSS ya que él subsidio por maternidad lo cobrará el padre.

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