Despido al terminar excedencia

Buenos días : mi mujer ha estado de excedencia por cuidado de hijo durante un año se tendría que reincorporar el 17/4/09 pero hace unos 15 días el jefe la llamo y la dijo que la iba a despedir por que el trabajo había bajado mucho. Por mi mujer entro otra persona para suplirla durante la excedencia y dicha persona ahora se queda trabajando y a mi mujer la despiden. ¿Que derechos tiene mi mujer a la hora de este despido, se suma el año de excedendia a la antigueda que tenia anteriormente de 2 años.?

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Siento la demora en contestar pero he estado fuera. En primer lugar decirte que el despido de tu mujer seria nulo ya que está protegido por Ley. Tiene reserva de puesto de trabajo y sólo podría despedirla en caso de cierre justificado o eliminación de su puesto de trabajo lo cual no ocurre.
En el momento que la entreguen la carta de despido tenéis un plazo de 20 días para acudir al SMAC (Servicio de Mediación Arbitraje y Conciliación ) e interponer una papeleta de conciliación por despido nulo (la consecuencia seria la readmisión) o despido improcedente (indemnziacion de 45 días de salario por añño trabajado)
A efectos del calculo de la posible indemnización sería con el año de excedencia dentro del computo de la antigüedad
O sea que si mi mujer entro a trabajar en octubre del 2005. A un con el año de exdencia y las 16 semanas de maternidad,¿le correspondería un indemnización de 45 días por año sobre 3 años y medio?
Mi mujer es reacia a denunciar porque vivimos en pueblo pequeño, yo en cambio no estoy de acuerdo. Que me aconsejarías.
Gracias de antemano
Efectivamente sería ese tiempo. Respecto a la denuncia, muchas empresas toman decisiones abusivas porque son conscientes de que los trabajadores no van a denunciar y no debería ser así. Yo os recomiendo, (al final ha de ser una decisión vuestra) que lo denunciéis y tiréis para adelante porque es un derecho que protegue a tu mujer en este caso y sino declararan el despido nulo (cosa que es casi segura que hagan) podríais conseguir la indemnización de 45 días por año trabajado y el derecho a la prestación por desempleo.
Ojo con los plazos no se os vayan a pasar.

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