Hacer más trabajo por menos sueldo

¿Trabajo hace 4 años en un comercio con contrato indefinido de 40 horas mi responsabilidad es de encargada pero en mi contrato soy dependienta por esta función cobraba 150? Aparte de mi momina y 1% de las ventas que dividía con mi compañera que tiene un contrato indefinido de 24 horas, ¿el mes pasado sin avisar me rebajaron los 150? ¿A 90? Pero no tengo forma de probar que cobro tal cantidad así que no pude decir nada, 3 días más tarde mi jege me llama PERSONALMENTE para informarme que no puede mantener a dos personas así que nos da un fin de semana para que decidamos que hacer:
1º- reducirme la jornada a 24 h semanales, pero esto no me gusta porque conlleva a que si dentro de 2 meses me hecha mi paro y indemnización bajan considerablemente.
2º- despedir a mi compañera y quedarme yo sola pero esto implica:
Hacer horas extra que no aparecerán en nomina, ya que el comercio esta abierto más de 40 horas a la semana, trabajo de lunes a sábado sin interrupción y se supone que tengo que recoger, limpiar, hacer caja ... Etc yo sola y por eso mi jornada acabara más tarde sin remuneración por ello, días especiales como rebajas etc... Estaré sola y me volveré loca porque es imposible. Si acepto estas condiciones acabare de baja por estrés y por sueldo en porporcion cobro más en el paro.
Por ultimo te cuento que son 3 meses en los que las ventas bajaron un 30% hasta esas fechas las ventas eran buenas, aun así las venta no son pésimas y recuero hacer ventas similares y estar dos personas a 40 horas, yo creo que aprovecha la situación para meterme presión, no se que hacer ¿puedo negarme a la segunda opción, sin tener consecuencias? ¿En qué puedo ampararme para ello?.

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La reducción de jornada es lo que se llama una "modificación sustancial de las condiciones de trabajo", para poder adoptar dicha medida, es necesario que la decisión del empresario sea adoptada en base a causas económicas, técnicas, organizativas o de producción y notificárselo por escrito con 30 días de antelación para que tenga efecto, ya que en caso contrario no sería válida tal decisión.
¿Qué opciones tiene usted frente a dicha decisión de reducción de jornada?
1. Asumir tal decisión.
2. Impugnarla judicialmente en un plazo de 20 días desde la notificación del empresario para que se revoque tal decisión empresarial y usted pueda mantener las mismas condiciones laborales en las que se encontraba antes de tal decisión, de este modo, en caso de que el empresario no pueda justificar que dicha decisión se debe a causas económicas, técnicas, organizativas o de la producción (para lo cual se le exigirán los libros contables y demás documentación), dicha decisión será declarada por el Tribunal NULA O INJUSTIFICADA, volviendo usted a disfrutar de las condiciones que mantenía antes de la reducción de jornada.
Así mismo, en el mismo proceso se reclamaría una indemnización por los daños y perjuicios sufridos a consecuencia de la decisión unilateral adoptada por el empresario.
3. Rescindir usted el contrato con motivo en tal causa, recibiendo una indemnización de 20 días de salario por año de servicio, ya que la reducción de jornada fue impuesta por el empresario y no voluntad suya, esto se ha de hacer por escrito y constando dicha causa, escrito que deberá ser firmado por el empresario para usted presentarlo en el INEM y poder percibir prestación por desempleo.
Esperamos haberle servido de ayuda. Para cualquier cosa nos tiene a su disposición.
http://www.torresylucena.es
Gracias por contestar, quizás me explique mal tengo claro que no voy a firmar nada para reducir la jornada laboral lo que no se es que hacer si despiden a mi compañera mis condiciones laborales empeororan trabajare más horas sin remuneración y sin descanso ¿puedo negarme a aceptar tal condiciones? De nuevo gracias.
Está claro que todo lo que sea superar la jornada laboral de 8 horas supera el límite legal diario establecido, de modo que el resto sería a voluntad suya y por supuesto retribuido. Esto quiere decir, que al ser voluntario PUEDE NEGARSE EN TODO LO QUE SUPERE A LAS CONDICIONES PACTADAS EN SU CONTRATO DE TRABAJO.

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