Despido

Hola buenas, estoy haciendo una practica de derecho del trabajo y no se como responder a esto que le voy a comentar a continuación, le agradecería su ayuda de corazón puesto que estoy en un momento de desesperación al no poder encontrar solución alguna a estas cuestión.
La situación es la siguiente:
Una persona con un contrato eventual, al cual se lo transforman más adelante en contrato indefinido para el fomento de la ocupación indefinida, en el caso de ser despedido, ¿para calcular la indemnización se computaría el tiempo del contrato eventual también o solo el tiempo del contrato indefinido? En caso de computarse los dos tiempos, ¿se les aplicaría los mismos días de salario por año trabajado
trabajado o a cada periodo se le aplicaría lo que le corresponde por el tipo de modalidad contractual? En que artículos se fundamenta

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Tienes que saber que convenio tiene pues hay muchas cosas que aunque las ponga el estatuto de los trabajadores hay que ver su convenio, pero si cuando finalizó el contrato eventual no le hicieron una liquidación cuenta desde el día que entro en la empresa osea los dos contratos si le hicieron liquidación contara solo a efectos de indemnización por despido el ultimo contrato, después depende de la clase de despido.
Los art en se fundamentan los despidos lee la sección IV extinción del contrato desde el art 49 al 57 del E.T.

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