Hola buenos días, estoy contratada desde hace 10 meses realizando una suplencia de una persona que esta de baja por enfermedad, tengo dos preguntas, teniendo una hija a mi cargo de 3 años, tengo derecho a reducción de jornada, cuando me corresponden las vacaciones ya que la empresa dice que en los meses de verano no pueden darlas porque falta personal. Muchas Gracias dav
El derecho a reducción de jornada y escoger el horario (con unos límites) lo tienes mientras que tengas un menor de 8 años a tu cargo, aunque tu contrato sea de suplencia o sea el que sea. Lee este artículo sobre la reducción voluntaria de jornada. El Estatuto de los Trabajadores dice que las vacaciones se disfrutaran en períodos de común acuerdo y que el empleado tiene el derecho a conocerlas con dos meses de antelación. También hay una norma de la OIT, aplicable en España, que dice que el empleado tiene derecho a que al menos uno de los períodos de vacaciones anuales sea de al menos 14 días ininterrumpidos. A esto hay que sumarle lo que diga tu convenio aplicable (que puede que no sea el que te están aplicando) sobre vacaciones. Por tanto, para empezar, la empresa no es quien decide las vacaciones. Eso tenlo totalmente por seguro. La forma de oponerse a unas vacaciones impuestas por la empresa es poner una reclamación especial y gratuita en el juzgado de lo social, antes de 20 días desde que te comuniquen esas vacaciones. También puedes utilizar este medio para pedir las vacaciones que tú quieras, pero lo tienes que hacer con más de dos meses de antelación a la fecha de vacaciones que vas a pedir. En tu caso, tienes los mismos derechos a vacaciones que el resto de la plantilla. No tienes más por tener un hijo, pero tampoco menos por estar haciendo una suplencia. Puede que en tu convenio (en muchos lo pone) diga que tienes derecho a 15 días seguros en verano; míralo. Pero aunque no lo ponga, si en tu empresa falta personal es problema de la empresa; además seguramente que si falta personal es porque los "fijos" sí que se cogen vacaciones en verano y a ti te tienen de comodín. Esto es motivo de demanda de vacaciones, como te dije antes, y con muchas posibilidades de ganar. Pero si quieres las vacaciones para el mes de agosto, por ejemplo, tienes que poner la demanda antes del 1 de junio.