Retención Judicial

Hola, mi pregunta es la siguiente, si tengo un retención judicial en la nomina, y ahora me he separado y tengo que pagar la pensión alimenticia.
¿Se rebajaría el importe mensual de la retención?
Gracias de antemano.-

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Respuesta
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No te van a retener lo mismo pero el año que viene si puedes desgravar estos pagos en la declaracon de la renta
Una consulta más. En el art. 608 de la lec pone lo siguiente:
Ejecución por condena a prestación alimenticia:
Lo dispuesto en el artículo anterior no será de aplicación cuando se proceda por ejecución de sentencia que condene al pago de alimentos, en todos los casos en que la obligación de satisfacerlos nazca directamente de la Ley, incluyendo los pronunciamientos de las sentencias dictadas en procesos de nulidad, separación o divorcio sobre alimentos debidos al cónyuge o a los hijos. En estos casos, así como en los de las medidas cautelares correspondientes, el tribunal fijará la cantidad que puede ser embargada.
Según esto entiendo que la cantidad embargada se reduciría, supongo que solicitandoselo al Juzgado correspondiente.
Espero tu respuesta y gracias de antemano.-
Claro pero solo cuando un juez lo decide así no es que automáticamente te rebajan lo que te retengan todos los meses si tu n pide una modificación judicial no te lo cambian tienes que pedirlo tu

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