Excedencia por guardia legal

Hola. Tengo pensado coger una excedencia por guardia legal durante unos meses. En mi empresa el horario es de 8 a 18:00 y no me es posible conciliar. Mi pregunta es, si encontrara un empleo en horario completamente diferente, por ejemplo, de 18:00 a 22:00, ¿podría trabajar estando de excedencia? He escuchado diversas opiniones, entre ellas que si la naturaleza de la excedencia es para cuidar de tu hijo, se supone que no puedes trabajar.
Gracias.

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Estando de excedencia por cuidado de un menor, cobras un dinero por parte del gobierno autónomo al que pertenezcas, por lo que en este caso, no puedes trabajar en otra empresa, siendo la misma por cuidado de un menor.
Caso contrario seria con otro tipo de excedencia, que no es tu caso.
Sin embargo, podrías en lugar de solicitar una excedencia, pedir una reducción de tu jornada por el mismo motivo, y ahí, también cobrarías un dinero por parte de la administración, ademas de poder elegir tu turno de trabajo, de acuerdo con el porcentaje que decidas reducir.
Soy de madrid. Cuando dices que cobraría un dinero por parte del gobierno autónomo, te refieres a los 100 euros por ser mujer trabajadora. Tenia entendido que al estar de excedencia no cobrabas ni esa ayuda.
Desconozco las ayudas que se cobran en tu comunidad, ¿ahí en Euskadi se cobra 2400?
¿Por ser mujer y 3000? Por ser hombre, en caso de excedencia, ¿y luego max. 1800? Por reducción.
Consulta con la Seguridad Social de tu Comunidad Autónoma.

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