Trabajo y epilepsia

Una compañera de trabajo ha presentado un informe de la mutua en el que dice que es apta con limitaciones, dicha limitación es que no puede realizar el turno de noche, ya que es epileptica;hasta aquí todo normal, lo que no nos parece normal ni a mi ni a mis compañeros es que la empresa diga que las noches que ella no hace las tenemos que hacer nosotros a la fuerza.
¿Se la podría despedir por no ser apta para trabajar a 24 horas como establece su contrato de trabajo?
¿Por qué la empresa no contrata un refuerzo?
¿No es más peligros o para una epiléptica conducir que trabajar de noche?
¿Por qué un problema de salud de una compañera perjudica al resto?
Ojala me orientéis sobre mis derechos.

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¿Se la podría despedir por no ser apta para trabajar a 24 horas como establece su contrato de trabajo? No se puede despedir ya que el informe de aptitud es previo (o debería) al contrato de trabajo y lo que tiene es un apto condicional que no le imposibilita trabajar durante el día.
Lo que no os pueden obligar a efectuar un horario diferente al firmado contractualmente, (podéis reclamar) a no ser que lleguéis a un pacto con la empresa.

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