Ayuda!
Hola! Haber si me puedes ayudar en este caso:
Lorena Escribano Pérez trabaja para el Ayuntamiento de Madrid como educadora social. Lleva trabajando para ese ayuntamiento desde el 8 de enero de 2004. Para ocupar dicha plaza, ella accedió a una examen para personal laboral que aprobó. Inicialmente fue contratada a jornada parcial bajo un modelo de contrato 501, contrato que pasó a ser a jornada completa el 15 de septiembre de 2004, pasando a ser un contrato 401. El contrato tiene la consideración de contrato por obra o servicio, disponiendo en su clausula TERCERA "El contrato se extenderá hasta la finalización del servicio o hasta que el Ayuntamiento dé por finalizada la relación laboral por causa legal o basada en motivos de oportunidad". Con fecha 22 de diciembre de 2004, la trabajador firmó un prórroga en la que decía que la trabajadora y el Ayuntamiento "COMUNICAN al Servicio Público de Empleo una PRIMERA prórroga de doce meses de duración al contrato celebrado por ambas partes el 09/09/2004 hasta la finalización del servicio máximo hasta el 31/12/2005"
La trabajadora ha seguido prestando servicios y la plaza que ella ocupa ha salido en la convocatoria pública del ayuntamiento con fecha 15 de septiembre de 2006. La trabajador no volvió a firmar ninguna prórroga ni tuvo ningún cambio de contrato. Con fecha 22 de enero de 2008, una vez concluido el período de oposición, es dada de baja en la seguridad social, al no haber pasado la fase de oposición.
Lorena Escribano acude a usted para que la asesore porque afirma que el procedimiento no ha sido del todo claro y le han hablado sobre la posibilidad de poder demandar al ayuntamiento.
¿Qué le asesoría usted a esta persona?. En caso de realizar alguna actuación, indique los pasos procesales que tomaría y la forma que les daría redactando algún supuesto a modo de ejemplo.
Contéstame lo antes posible, Gracias!
Lorena Escribano Pérez trabaja para el Ayuntamiento de Madrid como educadora social. Lleva trabajando para ese ayuntamiento desde el 8 de enero de 2004. Para ocupar dicha plaza, ella accedió a una examen para personal laboral que aprobó. Inicialmente fue contratada a jornada parcial bajo un modelo de contrato 501, contrato que pasó a ser a jornada completa el 15 de septiembre de 2004, pasando a ser un contrato 401. El contrato tiene la consideración de contrato por obra o servicio, disponiendo en su clausula TERCERA "El contrato se extenderá hasta la finalización del servicio o hasta que el Ayuntamiento dé por finalizada la relación laboral por causa legal o basada en motivos de oportunidad". Con fecha 22 de diciembre de 2004, la trabajador firmó un prórroga en la que decía que la trabajadora y el Ayuntamiento "COMUNICAN al Servicio Público de Empleo una PRIMERA prórroga de doce meses de duración al contrato celebrado por ambas partes el 09/09/2004 hasta la finalización del servicio máximo hasta el 31/12/2005"
La trabajadora ha seguido prestando servicios y la plaza que ella ocupa ha salido en la convocatoria pública del ayuntamiento con fecha 15 de septiembre de 2006. La trabajador no volvió a firmar ninguna prórroga ni tuvo ningún cambio de contrato. Con fecha 22 de enero de 2008, una vez concluido el período de oposición, es dada de baja en la seguridad social, al no haber pasado la fase de oposición.
Lorena Escribano acude a usted para que la asesore porque afirma que el procedimiento no ha sido del todo claro y le han hablado sobre la posibilidad de poder demandar al ayuntamiento.
¿Qué le asesoría usted a esta persona?. En caso de realizar alguna actuación, indique los pasos procesales que tomaría y la forma que les daría redactando algún supuesto a modo de ejemplo.
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Respuesta de sensei1
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