Problema con despido...

El caso es el siguiente,
Un familiar mio en un mes aproximadamente a su marido le destinan fuera de Asturias. El problema es que es por mucho tiempo y su esposa ha pedido a su jefe que le arregle los papeles del paro..., sabemos que es no del todo legal...; el problema es que su jefe le ha dicho que no..., por lo que me pregunto:
Si se da de baja voluntaria NO cobraría Paro pero, ¿de le acumularía con el paro que pudiera tener de otra empresa posterior de la que la despidieran o le cumpliera el contrato?
Está claro que no quiere arreglarle los papeles del paro..., ¿qué posibilidades tiene para poder cobrarlo? ¿Qué la despidan realmente porque ella incumpla con su contrato?
Ruego me contesten lo antes posible con todas las opciones que haya porque mi familiar está muy muy preocupada.
Gracias por adelantado y un saludo
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A mi modo de ver, creo que su jefe actúa correctamente, la connivencia es un fraude y podría ser sancionado.
Si decide dejar la empresa, deberá firmar una baja voluntaria, y el empresario le facilitará el certificado de empresa dónde aparecen los 180 últimos días de cotización y la causa de la baja, cuándo sea contratada con un contrato eventual, a la finalización de este contrato tendrá derecho a la prestación correspondiente.
La prestación correspondiente ¿significa que sería la del primer contrato y el contrato eventual ¿?
Y si es así, Kumari, ¿hay un tiempo que tenga que pasar o estar trabajando para tener derecho al paro del primer contrato, y al del segundo? ¿O no se le acumularía?
Gracias de nuevo por tu interés
Por lo que cuentas, la trabajadora en cuestión siendo fija llevará años cotizando. A la hora de presentar la documentación al INEM, le harán optar, por una prestación u otra, y en estos casos, seguramente le convendrá elegir la prestación generada del contrato fijo, que dára lugar a un período superior de prestación por desempleo, ya que habitualmente se trata de encontrar un contrato eventual de poca duración, para activar el anterior período, que suele ser más largo.
Por doce meses de contrato se generan 4 de paro, y si llevaba años en el anterior empleo que calcule 4 meses por cada año, para tener derecho al máximo de paro debe haber trabajado 6 años.
Trabajando con un contrato eventual durante 3 meses, y al no haber vinculación empresarial y añadido que cambia de provincia, lo tiene bastante fácil, para cobrar el paro. Los períodos no se acumulan, se activan al volver a generar otro período cotizado, es decir con otro contrato nuevo, se activaría el que dejó de cobrar por elegir el que le convenía anteriormente.

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