Extinción de contrato por impago

Hola, en la empresa donde trabajo empezaron a pagar tarde desde principios de año, pero ya me debe el sueldo de abril y mayo, y por lo que se ve la de junio va en camino, ya que no dicen nada. Quiero extinguir mi contrato por impago, pero he leído que hay que reclamar primero la cantidad, y que para extingir el contrato me tienen que deber como mínimo 3 meses. He hablado con un abogado y me ha dicho que la semana que viene ponemos la demanda y la petición de extinción del contrato, pero ya no se si voy bien encaminada en cuanto a los pasos a seguir para poder irme de allí. Otra cosa, creo entender que los trabajadores son los primeros en cobrar, y ellos pagan a proveedores y trabajos que encargan fuera por adelantado y de bastante dinero, mientras nos tienen a nosotros sin cobrar. ¿Eso también es denunciable? ¿Debo demostrarlo yo o se encargarían en el juzgado de buscar los movimientos bancarios y demás? Muchas gracias por adelantado.

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Debes esperar al impago de tres meses de salarios, para poder demandar.
Los trabajadores "eran" los primeros en cobrar en caso de concurso de acreedores, cuándo existe suspensión de pagos, pero en febrero se aprobó una nueva ley que dificulta bastante el pago de los salarios dejados de cobrar y las indemnizaciones.
Te dejo un enlace http://ecodiario.eleconomista.es/espana/noticias/1052253/02/09/CCOO-afirma-que-la-nueva-Ley-Concursal-ha-complicado-el-cobro-de-indemnizaciones-por-parte-de-los-trabajadores.html
Ante todo muchas gracias. He leído el artículo del enlace y veo que aun lo voy a tener más difícil de lo que pensaba... ¿Debo poner entonces ahora la reclamación de cantitades? ¿O espero a tener 3 meses a deber para proceder a la extinción de contrato y hacer las dos reclamaciones juntas? Es que la situación en la empresa esta siendo un poco insoportable y cada día me cuesta más ir a trabajar, por eso la prisa. Pero prefiero andar sobre seguro y dar los pasos bien.
De nuevo mil gracias.
Desde mi punto de vista, debes tener impagados los tres meses para reclamar, y pedir la resolución del contrato por impago.

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