[despido colectivo] - Vacaciones devengadas

Buenas noches, Manu
Antes de terminar el mes de Mayo la empresa en la que trabajo nos comunico el cierre por motivos de demanda con 3 meses de antelación.
Nos explicaron las causas, lógicas, ya que la empresa abrió hace un año, cuando ya estábamos en crisis; pero no nos dijeron las condiciones. Es más, lo de despido colectivo nunca se ha mencionado, ni los días que nos pagan... Nos indicaron que intentarían recolocar al que pudiesen en otras empresas del grupo, pero que no garantizaban nada.
Mi pregunta es en relación a las vacaciones, nos dijeron que no teníamos vacaciones, que nos las pagarían al final. ¿Se puede hacer esto? ¿Para la ley no prima el descanso sobre la remuneración económica? A pesar de las bajas ventas llevamos todo el año trabajando duro y nos mereceríamos las avcacioens en julio y agosto, cuando la gente quiere cogerlas para estar con la familia!
Las vacaciones no estaban estipuladas aun, aunque si nos habían preguntado sobre que días queríamos coger...
Somos 23 personas
Convenio: grandes almacenes
Ubicación de la empresa: Madrid
Saludos y gracias

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Actualmente todos los trabajadores tienen que disfrutar sus vacaciones no pudiéndose abonar las mismas. ¿Quiere decir esto que lo que se hace en tu caso es ilegal?. No, en tu caso se te abonarán las vacaciones pero no podrás inscribirte en el paro hasta que agotes las mismas. De forma que las disfrutas pero al final del contrato. Dicho esto es cierto que el art. 38.2 del Estatuto de los Trabajadores establece que los periodos de vacaciones se establecerán de mutuo acuerdo entre trabajador y empresa resolviéndose los desacuerdos por el procedimiento especial establecido en los arts. 125 y ss. De la Ley de procedimiento laboral. También vuestro convenio en el art.36 se establece que la empresa comunicará los turnos de vacaciones a los representantes de los trabajadores antes de su publicación y que en la medida que la organización del trabajo lo permita, los trabajadores tendrán opción para fijar la fecha de disfrute de su vacación anual.

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